
El Estado garantiza a los profesores y a los alumnos libros de texto, guías didácticas y materiales de referencia en lenguas de minorías étnicas adecuados para cada materia.
El Decreto Nº 96/2025/ND-CP modifica el alcance del Decreto Nº 82/2010/ND-CP. En consecuencia, la normativa sobre la enseñanza y el aprendizaje de las lenguas habladas y escritas de las minorías étnicas (denominadas lenguas de minorías étnicas) incluye: Condiciones, contenidos, métodos y formas de organización de la enseñanza y el aprendizaje; formación de profesores; políticas para profesores y estudiantes de lenguas de minorías étnicas; Impresión, publicación y transferencia de libros de texto y materiales de enseñanza para lenguas de minorías étnicas.
El Decreto 96/2025/ND-CP complementa el artículo 4a «Organización de la impresión y publicación de libros de texto y materiales didácticos para las lenguas de minorías étnicas» de la siguiente manera:
Para los libros de texto y materiales de enseñanza en lenguas de minorías étnicas elaborados mediante socialización, la organización de su impresión y distribución se realizará de conformidad con lo dispuesto en la ley.
Para los libros de texto y materiales de enseñanza en idiomas de minorías étnicas elaborados por el Ministerio de Educación y Formación, la impresión y distribución se organizan de la siguiente manera: Con base en la propuesta del Comité Popular de la provincia o ciudad administrada centralmente (Comité Popular Provincial), el Ministerio de Educación y Formación organiza la impresión y distribución de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Autoridad para decidir, procedimientos para implementar la transferencia de libros de texto
El Decreto 96/2025/ND-CP añade también el artículo 4b "Autoridad para decidir, procedimientos para implementar la transferencia de libros de texto y materiales didácticos para lenguas de minorías étnicas impresos y publicados por el Ministerio de Educación y Formación".
En consecuencia, el Ministro de Educación y Formación decide transferir libros de texto y materiales didácticos para las lenguas de las minorías étnicas a los Comités Populares a nivel provincial.
El orden y procedimientos son los siguientes:
a) La unidad designada por el Ministerio de Educación y Formación para realizar la transferencia de libros de texto y materiales didácticos para las lenguas de minorías étnicas preparará un conjunto de documentos e informará al Ministerio de Educación y Formación.
El expediente incluye: Presentación adjunta con el proyecto de Decisión sobre la transferencia de libros de texto y materiales didácticos para las lenguas de minorías étnicas al Comité Popular Provincial: original; Lista de libros de texto y materiales didácticos para lenguas de minorías étnicas (tipo, cantidad, estado): original; Propuesta de recepción de libros de texto y materiales didácticos para las lenguas de minorías étnicas del Comité Popular Provincial: original; Documento que propone la necesidad de libros de texto y materiales didácticos para las lenguas de las minorías étnicas del Comité Popular Provincial: copia; Otros documentos relevantes (si los hubiera): copia.
b) Dentro de los 15 días a partir de la fecha de recepción del expediente completo especificado en el punto a) de esta cláusula, el Ministro de Educación y Formación emitirá una Decisión sobre la transferencia de libros de texto y materiales de enseñanza para las lenguas de minorías étnicas al Comité Popular Provincial.
c) El contenido principal de la Decisión sobre la transferencia de libros de texto y materiales didácticos para las lenguas de minorías étnicas incluye: Nombre del organismo que realiza la transferencia: Ministerio de Educación y Formación; Nombre del organismo receptor (nombre del Comité Popular Provincial); Lista de libros de texto y materiales didácticos para lenguas de minorías étnicas.
En el plazo de 20 días a partir de la fecha de la Decisión sobre la transferencia de libros de texto y materiales didácticos para las lenguas de minorías étnicas por parte del Ministro de Educación y Formación, el Comité Popular de la provincia (donde se presenta la propuesta de recepción) será responsable de ordenar al organismo, unidad o unidad afiliada que se coordine con la unidad asignada por el Ministerio de Educación y Formación para llevar a cabo la entrega y recepción.
Los costos relacionados con la impresión, publicación y transferencia de libros de texto y materiales de enseñanza para las lenguas de minorías étnicas correrán a cargo de la parte suministradora (Ministerio de Educación y Formación); Los Comités Populares Provinciales no tienen obligación de pagar al recibir el dinero.
El Decreto 96/2025/ND-CP también establece claramente que el Estado garantiza a los docentes y a los alumnos libros de texto, guías de enseñanza y materiales de referencia en lenguas de minorías étnicas adecuados para cada materia. Los estudiantes que son cuadros, funcionarios y empleados públicos tienen derecho a regímenes de formación y desarrollo para cuadros, funcionarios y empleados públicos de acuerdo con las disposiciones de las leyes pertinentes.
El presente Decreto entra en vigor a partir de la fecha de su firma y promulgación (29 de abril de 2025).
Fuente: https://baolaocai.vn/quy-dinh-moi-ve-phat-hanh-sach-giao-khoa-day-hoc-tieng-dan-toc-thieu-so-post401017.html
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