El Decreto 33/2023/ND-CP entra en vigor a partir del 1 de agosto de 2023 y regula las prestaciones para los trabajadores a tiempo parcial a nivel de comuna, aldea y grupo residencial.
Aumentar las prestaciones para los trabajadores a tiempo parcial de nivel comunal a partir del 1 de agosto de 2023. (Fuente: VGP) |
Aumentar las prestaciones para los trabajadores a tiempo parcial a nivel comunal
En consecuencia, los trabajadores a tiempo parcial a nivel comunal tienen derecho a prestaciones. El Presupuesto Central implementa un fondo de subsidio global que incluye apoyo al seguro social y al seguro de salud para pagar mensualmente a los trabajadores a tiempo parcial a nivel comunal de la siguiente manera:
- A las unidades administrativas comunales de tipo I se les asigna un fondo de asignaciones igual a 21,0 veces el salario básico;
(Actualmente en el Decreto 92/2009/ND-CP (modificado en el Decreto 34/2019/ND-CP) equivalente a 16,0 veces el salario básico.)
- A las unidades administrativas comunales de tipo II se les asigna un fondo de prestaciones equivalente a 18,0 veces el salario básico;
(Actualmente 13,7 veces el salario base.)
- A las unidades administrativas comunales de tipo III se les asigna un fondo de asignaciones igual a 15,0 veces el salario básico.
(Actualmente 11,4 veces el salario base.)
Para las unidades administrativas a nivel comunal con un aumento en el número de trabajadores no profesionales a nivel comunal según lo prescrito en la Cláusula 2, Artículo 33 del Decreto 33/2023/ND-CP, el monto total del fondo de asignación se calcula para aumentar en 1,5 veces el salario básico/01 trabajador no profesional adicional.
Aumentar el número de trabajadores a tiempo parcial a nivel comunal en zonas densamente pobladas
De acuerdo con los apartados 1 y 2 del artículo 33 del Decreto 33/2023/ND-CP, el número de trabajadores no profesionales a nivel comunal se estipula de la siguiente manera:
- El número de trabajadores no profesionales a nivel comunal se calcula de acuerdo al tipo de unidad administrativa comunal, específicamente de la siguiente manera:
+ El tipo I son 14 personas;
+ El tipo II son 12 personas;
+ El tipo III son 10 personas.
- El Comité Popular a nivel provincial se basará en el número de unidades administrativas a nivel comunal con tamaño de población y área natural mayor que las normas prescritas en la Resolución del Comité Permanente de la Asamblea Nacional sobre normas de unidades administrativas y clasificación de unidades administrativas para calcular el número de trabajadores no profesionales adicionales a nivel comunal de la siguiente manera:
+ A los barrios de distritos que aumenten en 1/3 (un tercio) del tamaño de población prescrito se les permitirá tener 1 trabajador no profesional más. Por cada aumento adicional de población de las restantes unidades administrativas de nivel comunal que alcance la mitad del nivel prescrito, el número de personal no profesional se incrementará en 1;
+ Además de aumentar el número de trabajadores no profesionales de acuerdo con el tamaño de la población especificado en el punto a, cláusula 2, artículo 33 del Decreto 33/2023/ND-CP, por cada aumento del 100% del área natural prescrita, la unidad administrativa a nivel comunal podrá aumentar 01 trabajador no profesional.
(A la normativa actual se le ha añadido una normativa para aumentar el número de trabajadores no profesionales a nivel comunal en localidades con mayor población y superficie natural que las normas prescritas).
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