Las condiciones para utilizar tierras agrícolas para construir obras que sirvan directamente a la producción agrícola son que la tierra en uso tenga una superficie de 500 m2 o más o 50 ha para tierras de arroz (incluyendo una parcela de tierra o muchas parcelas de tierra adyacentes con el mismo usuario de la tierra); Proyecto de construcción de 1 planta, altura máxima 5m, no se permite sótano; no afectar obras de riego, obras de diques, tráfico intracampo, superficie agrícola adyacente y no violar derechos de paso de caminos existentes de acuerdo a la planificación aprobada por autoridades competentes; Estructura semipermanente, fácil de desmontar (pared de ladrillo o de material ligero; columna de ladrillo o columna de acero, columna de hierro; techo de material ligero) y no sujeta a cambio de propósito de uso de suelo según lo prescrito en el Artículo 121 de la Ley de Tierras de 2024.
La superficie de terreno para la construcción de obras destinadas a atender directamente la producción agropecuaria se regula específicamente de la siguiente manera: Superficie de terreno de 500m2 a 5.000m2 para la construcción de obras que no excedan de 25m2; Se podrán construir terrenos de 5.000m2 a 10.000m2 sin que la construcción exceda los 50m2; Se podrán construir terrenos de 10.000m2 o más con una construcción que no exceda los 75m2; Superficie mínima de cultivo de arroz a partir de 50ha para obras de construcción que no excedan de 200m2. En el caso de terrenos agrícolas, la construcción se puede realizar en un solo lugar dentro del terreno; en el caso de terrenos de arroz, la construcción se puede realizar en no más de dos lugares dentro del terreno. Las obras de construcción que prestan servicio directamente a la producción agrícola incluyen: Prestar servicio al preprocesamiento y conservación de productos agrícolas; almacén para materiales agrícolas, maquinaria y herramientas de mano de obra; exhibir y presentar productos agrícolas
La decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 2025.
BH
Fuente: https://baoninhthuan.com.vn/news/152732p1c30/quy-dinh-ve-xay-dung-cong-trinh-tren-dat-nong-nghiep-de-phuc-vu-san-xuat.htm
Kommentar (0)