(Dan Tri) - Uno de los nuevos puntos importantes del proyecto de Ley sobre Profesores es darle al sector educativo la iniciativa en el reclutamiento y uso de profesores.
El Ministerio de Educación y Formación (MOET) acaba de anunciar el proyecto de Ley sobre Docentes, que fue presentado a la Asamblea Nacional para sus primeros comentarios en la octava sesión.
Una novedad destacable en este proyecto es el contenido del reclutamiento del profesorado.
En consecuencia, la autoridad para reclutar docentes en las instituciones educativas públicas está presidida por el organismo de gestión educativa o delegada en la institución educativa.
En las instituciones educativas que gozan de autonomía, el director es responsable del reclutamiento.
En el caso de las instituciones educativas no públicas, el reclutamiento lo realiza la escuela de acuerdo con su reglamento de organización y funcionamiento.
De igual manera, en materia de movilización, ordenación y nombramiento del profesorado, el proyecto de Ley estipula que los organismos de gestión educativa asumirán la iniciativa en asesorar, decidir o reconocer según la autoridad asignada.
En la actualidad, el reclutamiento de docentes públicos se lleva a cabo, al igual que el reclutamiento de funcionarios públicos generales, por el Departamento del Interior y los Comités Populares a nivel de distrito y provincia.
El proyecto de ley también estipula que el método de reclutamiento del profesorado puede ser de dos formas: selección o examen, pero se requiere práctica pedagógica.
El Ministerio explicó que este requisito ayudará a incrementar la calidad profesional de quienes se incorporan como docentes y a seleccionar a las personas idóneas para la profesión.
Siguiendo en relación al contenido del proceso de selección del profesorado, la Ley estipula las materias a las que se otorgan privilegios y prioridades especiales.
El primer grupo prioritario de sujetos especiales son los profesores talentosos, entre los que se incluyen: personas altamente calificadas, graduados excelentes, científicos jóvenes, personas con talentos especiales en los campos de la cultura, las artes, los deportes y las profesiones tradicionales adecuadas para la profesión docente.
El segundo grupo está formado por voluntarios que trabajan en zonas de minorías étnicas, zonas montañosas, zonas fronterizas, islas y zonas con condiciones socioeconómicas especialmente difíciles, titulados pedagógicos reclutados u ordenados entre localidades e instituciones de formación.
El tercer grupo son los docentes que tienen un contrato laboral en una institución educativa por 2 años o más.
El proyecto de Ley sobre el Personal Docente también estipula claramente quiénes no están autorizados a registrarse para el reclutamiento como docentes. Esta cifra incluye a personas que tienen antecedentes penales o están siendo procesadas por delitos contra la seguridad nacional, delitos contra la vida, la salud, la dignidad y el honor humanos.
Respecto a la contratación de docentes extranjeros, el Gobierno especificará con detalle las condiciones, procesos, procedimientos, materias prioritarias, formas y contenidos del examen de reclutamiento y selección.
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Fuente: https://dantri.com.vn/giao-duc/giao-quyen-tuyen-dung-giao-vien-cho-nganh-giao-duc-va-hieu-truong-20241025090653774.htm
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