Según el Departamento General de Tributos, en los últimos tiempos, la implantación de las devoluciones electrónicas de impuestos ha alcanzado el 99%, y casi el 80% de los expedientes de devolución del IVA sujetos a inspección previa y posterior a la devolución se resuelven rápidamente por las autoridades fiscales en el plazo de 6 días hábiles a partir de la fecha de recepción de las solicitudes de devolución completas de los contribuyentes.
La tramitación rápida y oportuna de los expedientes de devolución de impuestos de conformidad con las disposiciones de la Ley de Administración Tributaria ha creado condiciones para ayudar a las empresas a rotar rápidamente el capital, mejorar la eficiencia en el uso del capital y contribuir al desarrollo de la producción, los negocios y la exportación de bienes. Sin embargo, todavía hay retrasos en la tramitación de los expedientes de devolución del IVA de los contribuyentes, lo que ha provocado indignación pública.
El Director del Departamento Tributario es totalmente responsable si la gente se queja de las devoluciones del IVA. (Foto: CP)
Ante esta situación, la Dirección General de Tributos solicita a los Directores del Departamento Tributario que implementen con urgencia determinadas tareas sin demora.
En primer lugar, el Director es completamente responsable de la gestión de las devoluciones del IVA en el área, dirigiendo a la organización para implementar las devoluciones de impuestos dentro de la autoridad y de acuerdo con las regulaciones legales, no permitiendo que se demoren por mucho tiempo, causando frustración para las personas y las empresas.
El Director es responsable de asignar recursos suficientes e instar a las unidades subordinadas para que completen con prontitud la inspección de devolución de impuestos de las solicitudes de devolución de impuestos recibidas de los contribuyentes y clasificadas como sujetas a inspección previa y posterior a la devolución, asegurando que las solicitudes de devolución de impuestos de los contribuyentes se procesen dentro del plazo prescrito, a los sujetos y casos correctos elegibles para la devolución de impuestos de acuerdo con las disposiciones de la ley tributaria y la ley de gestión tributaria.
En segundo lugar, para las solicitudes de devolución del IVA que hayan sido verificadas y se haya determinado que son elegibles para la devolución, emitir rápidamente una decisión de devolución de impuestos a la empresa, garantizando el cumplimiento del plazo prescrito.
Para las solicitudes de devolución del IVA que se encuentran en proceso de verificación y control para determinar el monto de impuesto elegible para devolución, es necesario notificar al contribuyente sobre el avance del trámite de la solicitud y el tiempo esperado para procesar la devolución del impuesto al contribuyente para asegurar la publicidad y transparencia. Para los montos de impuestos que hayan sido inspeccionados y verificados, resolver con prontitud las devoluciones de impuestos a los contribuyentes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Circular No. 80/2021/TT-BTC de fecha 29 de septiembre de 2021 del Ministerio de Hacienda, sin esperar la verificación completa para resolver las devoluciones de impuestos a los contribuyentes.
En tercer lugar, en caso de que la solicitud de devolución de impuestos presente indicios de violar la ley y haya sido trasladada al organismo investigador, se deberá realizar una notificación escrita al contribuyente y con base en la conclusión de la autoridad competente, se deberá manejar de acuerdo con la reglamentación.
En cuarto lugar, para los expedientes de devolución del IVA con problemas y comentarios de las asociaciones y empresas: organizar diálogos inmediatos con las asociaciones y empresas del 29 de mayo de 2023 al 2 de junio de 2023 para aclarar los problemas, resumir e informar los resultados al Departamento General de Tributos; Manejar y resolver proactivamente los problemas dentro de la autoridad del Departamento Tributario. En caso de que el problema exceda la autoridad de la Dirección General de Tributación, repórtelo a la Dirección General de Tributación para que reciba orientación oportuna sobre su manejo.
En quinto lugar, Recibir los expedientes de solicitud de devolución del IVA de conformidad con los componentes y procedimientos prescritos en el artículo 28 de la Circular N° 80/2021/TT-BTC. En caso de que el expediente no sea aceptado por insuficiencia de procedimientos, se deberá enviar una notificación escrita al contribuyente indicando los motivos de la no aceptación del expediente según lo prescrito en el artículo 32 de la Circular No. 80/2021/TT-BTC de fecha 29 de septiembre de 2021 del Ministerio de Hacienda.
Sexto, revisar urgentemente los expedientes de declaración del IVA de las empresas dedicadas a la producción y comercialización de bienes y servicios exportados y de las empresas con proyectos de inversión en ejecución en la zona, para orientar a las empresas en la declaración y presentación de los expedientes de devolución de impuestos de conformidad con las reglamentaciones.
Fortalecer la propaganda de las políticas sobre expedientes y procedimientos de devolución de impuestos en la Circular No. 80/2021/TT-BTC de fecha 29 de septiembre de 2021 del Ministerio de Finanzas para que las empresas puedan ser proactivas en la preparación de expedientes de devolución de impuestos, creando condiciones favorables para la Autoridad Tributaria al recibir expedientes, evitando expedientes que no cumplan con los procedimientos cuando se envían a la Autoridad Tributaria.
Séptimo, fortalecer la inspección posterior a la devolución y el examen de las decisiones de devolución de impuestos sujetas a inspección previa y posterior a la devolución para detectar con prontitud el uso de facturas ilegales o el uso ilegal de facturas, el lucro cesante en las devoluciones de impuestos para apropiarse indebidamente del presupuesto estatal, y manejarlos estrictamente de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Para el monto de impuesto reembolsado que está a la espera de respuesta y resultados de verificación de las agencias pertinentes, la autoridad fiscal debe indicar claramente en el informe de inspección y conclusión que no hay base suficiente para concluir que el monto del impuesto es elegible para reembolso.
Al recibir la respuesta y los resultados de la verificación de las agencias pertinentes, la autoridad fiscal determina que el monto del impuesto reembolsado no es elegible para un reembolso y emitirá una decisión sobre la recuperación del reembolso del impuesto e impondrá sanciones y cargos por pago tardío (si los hubiera) de conformidad con las regulaciones.
El Director del Departamento de Impuestos ordena al departamento de propaganda y apoyo intensificar la propaganda, orientación y apoyo a los contribuyentes del área para que comprendan e implementen con prontitud las políticas sobre extensión, exención y reducción de impuestos, tasas, cargos y rentas de tierras aprobadas por las autoridades competentes para apoyar a las personas y las empresas, y promover la producción y los negocios.
La Dirección General de Impuestos solicita a los Directores de los Departamentos Fiscales de las provincias y de las ciudades de administración central que implementen de manera inmediata y seria las instrucciones anteriores.
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