La Ley de Orden y Seguridad del Tráfico Vial fue aprobada por la Asamblea Nacional el 27 de junio y entrará en vigor el 1 de enero de 2025.
La Ley consta de 8 capítulos con 89 artículos, que regulan las normas, los vehículos, los participantes en el tránsito vial, el comando, control, patrullaje, control, manejo de accidentes de tránsito, las responsabilidades de gestión del Estado y las responsabilidades de las agencias, organizaciones e individuos relacionados con el orden y seguridad del tránsito vial.
En el cual, el artículo 9 estipula 27 actos prohibidos. Específicamente:
Conducir un vehículo de motor por la vía pública sin la licencia de conducir prescrita por la ley; Conducir una motocicleta especializada en la carretera sin una licencia de conducir o un certificado de capacitación en derecho de tránsito, o una licencia o certificado para conducir una motocicleta especializada.
Conducir un vehículo en la carretera mientras se tiene alcohol en la sangre o en el aliento.
Conducir un vehículo en la carretera bajo la influencia de drogas u otros estimulantes en el cuerpo está prohibido por ley.
Insultar, amenazar, obstruir, oponerse o no cumplir órdenes, instrucciones, solicitudes de inspección y control de los funcionarios de turno para garantizar el orden y la seguridad del tránsito vial.
Competir, organizar carreras, incitar, ayudar y alentar las carreras ilegales; Conducir un vehículo por la carretera, zigzagueando, haciendo virajes y acelerando continuamente.
Usar las manos para sostener y utilizar un teléfono u otro dispositivo electrónico mientras se conduce un vehículo en movimiento en la carretera.
Entrega de vehículos a motor y motocicletas especiales a personas que no reúnan las condiciones prescritas por la ley para circular por las vías públicas.
Utilizar vehículos a motor, motocicletas especializadas que no garanticen las normas de seguridad técnica y protección del medio ambiente y otros vehículos que no cumplan las condiciones prescritas por la ley para participar en la circulación por carretera.
Importar, fabricar y ensamblar vehículos automotores y motocicletas especializadas que no aseguren las normas de seguridad técnica, calidad y protección del medio ambiente.
Transformación de otros tipos de automóviles en automóviles de pasajeros, excepto su transformación en automóviles de pasajeros para fines de defensa y seguridad.
Renovación ilegal; manipular intencionadamente el odómetro del vehículo; Cortar, soldar, borrar, cincelar o volver a estampar ilegalmente el número de bastidor o el número de motor de un vehículo de motor o de una motocicleta especializada.
Interferir intencionalmente con o cambiar el software de control del vehículo o el motor que ha sido registrado en la agencia administradora, con el objetivo de engañar en los resultados de la inspección, prueba o certificación; Alquile o tome prestadas piezas de vehículos motorizados solo para realizar la inspección.
Transportar mercancías que excedan el peso total, la carga por eje y el tamaño permitido del vehículo o que excedan los límites de carga y tamaño permitidos de la vía sin permiso del organismo administrador o sin garantizar los requisitos prescritos por esta Ley; transportar mercancías en vehículos que deben estar amarrados pero no lo están o no lo están adecuadamente; transportar más personas de las que permite la ley
Transportar mercancías prohibidas, transportar ilegalmente o no cumplir plenamente las normas sobre transporte de mercancías peligrosas y animales salvajes.
Amenazar, insultar, pelear o seducir a los pasajeros; Amenazar u obligar a los pasajeros a utilizar servicios contra su voluntad; Transportar, descargar pasajeros u otros actos para evitar la detección de vehículos sobrecargados o que transporten más personas de las prescritas por la ley.
La instalación y utilización de equipos de sonido e iluminación en vehículos a motor y motocicletas especiales provoca desórdenes y altera la seguridad del tráfico vial.
Producción, uso, compra y venta ilegal de placas de vehículos; Conducir un vehículo de motor o motocicleta especializada con placa de matrícula no expedida por organismo estatal competente, o con placa de matrícula en posición incorrecta; doblar, cubrir placa de matrícula; cambiar las letras, números, color, forma, tamaño de la matrícula.
Interrumpir el funcionamiento o distorsionar los datos de los dispositivos de rastreo vehicular y de las cámaras instaladas en los vehículos de conformidad con lo prescrito en esta Ley.
Destruir, dañar o inutilizar los equipos de control y vigilancia del tráfico vial o los equipos inteligentes que apoyan el mando y control del tráfico vial.
Colocar o dejar obstáculos ilegales u otras obstrucciones en la vía; Extender objetos afilados y verter sustancias resbaladizas en la carretera; esparcir tierra, rocas, mercancías, materiales de construcción, desechos en la carretera; vertido, descarga, derrame de productos químicos, residuos que provocan tráfico vial inseguro.
Obstruir la participación de personas y vehículos en el tráfico en la vía; Lanzar ladrillos, tierra, piedras, arena u otros objetos a personas o vehículos que participan en el tráfico en la vía.
Aprovecharse o abusar de la función de garantizar el orden y la seguridad vial para cometer actos ilícitos, acosar o atentar contra los intereses del Estado y los derechos e intereses legítimos de organizaciones y personas.
Aprovecharse de la propia posición, poder o profesión o de la de otros para infringir la ley sobre el orden y la seguridad del tráfico vial o para interferir o influir en el proceso de tratamiento de las infracciones de la ley sobre el orden y la seguridad del tráfico vial.
Utilizar los derechos de los vehículos prioritarios cuando no se estén cumpliendo las funciones prescritas por la ley; Instalar y utilizar equipos de señalización prioritaria no conforme a la ley.
Omisión de declaración, declaración falsa o suministro de información o documentos falsos para eludir la responsabilidad cuando se descubra que se ha infringido la legislación sobre orden y seguridad vial.
Huir tras provocar un accidente de tráfico para eludir su responsabilidad; cuando se dan las condiciones pero se desiste intencionadamente de ayudar a las personas en accidentes de tráfico; atentando contra la vida, la salud o los bienes de la víctima, de la persona que cause el accidente de tráfico o de la persona que la asista, la trate o la conduzca a urgencias; Aprovecharse de los accidentes de tráfico para agredir, amenazar, incitar, presionar, perturbar el orden u obstaculizar la atención de los accidentes de tráfico.
Controlar objetos voladores, aeronaves no tripuladas y ultraligeros que operen dentro de los límites de ancho de la vía, causando obstrucción o riesgo a la seguridad de las personas y vehículos que participan en el tránsito vial, con excepción de las aeronaves no tripuladas y ultraligeros con licencia para volar.
NH (según Vietnamnet)[anuncio_2]
Fuente: https://baohaiduong.vn/27-hanh-vi-bi-nghiem-cam-trong-luat-trat-tu-an-toan-giao-thong-385891.html
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