En materia salarial de los docentes de las escuelas profesionales, la Circular 07/2023/TT-BLDTBXH del Ministerio de Trabajo, Inválidos y Asuntos Sociales acaba de emitir reglamentos, códigos y normas para los títulos profesionales; clasificación salarial; Normas, condiciones para el examen o promoción de títulos profesionales de funcionarios públicos en el ámbito de la formación profesional.
El personal docente de los centros de formación profesional se clasifica según el código y los estándares del título profesional a partir del 15 de octubre.
Los sujetos de aplicación son el personal docente de colegios, escuelas secundarias, centros públicos de formación profesional (llamados instituciones públicas de formación profesional) y otras organizaciones e individuos relevantes; Los funcionarios públicos son docentes que enseñan conocimientos culturales de secundaria en instituciones públicas de educación vocacional, aplicando las normas sobre códigos, normas de títulos profesionales, transferencia salarial y promoción de títulos profesionales de docentes de secundaria emitidos por el Ministerio de Educación y Formación.
No aplicable fuera de la escuela vocacional
La Circular entra en vigor a partir del 15 de octubre y no se aplica a los funcionarios públicos que son docentes que imparten clases en grupos de formación docente bajo la autoridad de gestión estatal del Ministerio de Educación y Capacitación, docentes que imparten clases en los niveles universitario, intermedio y primario en instituciones de capacitación dependientes del Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Defensa Nacional.
En consecuencia, los funcionarios clasificados en los títulos profesionales de funcionarios públicos especializados en educación vocacional especificados en esta circular tienen el salario más alto de 14,4 millones de VND y el más bajo de 3,3 millones de VND/mes.
En concreto, a los profesores superiores de formación profesional (código: V.09.02.01) se les aplica el coeficiente salarial de los funcionarios públicos del grupo 1 de tipo A3 (A3.1) del coeficiente salarial 6,20 - 8,00, equivalente a 11,16 - 14,4 millones de VND/mes.
A los profesores de la enseñanza profesional principal (código: V.09.02.02) se les aplica el coeficiente salarial de los funcionarios públicos del grupo 1 de tipo A2 (A2.1) del coeficiente salarial 4,40 - 6,78, equivalente a 7,92 - 12,204 millones de VND/mes.
A los docentes de formación profesional teórica (código: V.09.02.03) se les aplica el coeficiente salarial de los funcionarios públicos de tipo A1 del coeficiente salarial 2,34 - 4,98, equivalente a 4.212 - 8.964 millones de VND/mes.
A los profesores de formación profesional (código: V.09.02.04) se les aplica el coeficiente salarial de los funcionarios públicos de tipo A0 del coeficiente salarial 2,10 - 4,89, equivalente a 3,78 - 8,802 millones de VND/mes.
A los profesores de formación profesional superior (código: V.09.02.05) se les aplica el coeficiente salarial de los funcionarios públicos del grupo 2 de tipo A3 (A3.2), del coeficiente salarial 5,75 - 7,55, equivalente a 10,35 - 13,59 millones de VND/mes.
A los profesores de formación profesional principal (código: V.09.02.06) se les aplica el coeficiente salarial de los funcionarios públicos del grupo 1 de tipo A2 (A2.1) del coeficiente salarial 4,40 - 6,78, equivalente a 7,92 - 12,204 millones de VND/mes.
A los profesores de formación profesional teórica (código: V.09.02.07) se les aplica el coeficiente salarial de los funcionarios públicos tipo A1 del coeficiente salarial 2,34 - 4,98, equivalente a 4.212 - 8.964 millones de VND/mes.
A los profesores de formación profesional (código: V.09.02.08) se les aplica el coeficiente salarial de los funcionarios públicos de tipo A0 del coeficiente salarial 2,10 - 4,89, equivalente a 3,78 - 8,802 millones de VND/mes.
A los profesores de formación profesional (código: V.09.02.09) se les aplica el coeficiente salarial de los funcionarios públicos de tipo B del coeficiente salarial 1,86 - 4,06, equivalente a 3.348 - 7.308 millones de VND/mes.
La Circular también estipula que los funcionarios especializados en formación profesional podrán inscribirse para rendir exámenes o ser considerados para la promoción al título profesional inmediatamente superior cuando cumplan los siguientes criterios y condiciones:
Ser asignado por un organismo, organización o unidad competente para participar en el examen o considerar la promoción al título profesional de servidor público especializado en educación vocacional.
Cumplir con las normas y condiciones especificadas en el Punto a, Cláusula 1, Artículo 32 del Decreto No. 115/2020/ND-CP de fecha 25 de septiembre de 2020 del Gobierno que regula el reclutamiento, uso y gestión de los servidores públicos.
Cumplir con los estándares y tareas del título profesional inscrito para el examen o promoción. En caso de que un funcionario cumpla con los estándares especificados en la Cláusula 6 y la Cláusula 7 del Artículo 39 del Decreto No. 115/2020/ND-CP, deberá cumplir con los requisitos sobre estándares de idioma extranjero y de informática del rango registrado para el examen o la consideración de promoción.
Según el informe del Ministerio de Trabajo, Inválidos y Asuntos Sociales, a junio de 2023, en todo el país había 1.888 instituciones de formación profesional, incluidas: 397 colegios, 433 escuelas secundarias y 1.058 centros de formación profesional.
El número total de instituciones de formación profesional no públicas es de 683 (lo que representa el 36,2% del número total de instituciones de formación profesional).
Se estima que en el primer semestre de 2023 las instituciones de formación profesional matricularán a más de 1,05 millones de personas (alcanzando el 46% del plan de 2023), de las cuales alrededor de 220.000 personas se matricularán en niveles universitarios e intermedios y alrededor de 835.000 personas en niveles elementales y otros programas de formación profesional.
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