Reglamento sobre tasas de cobro, recaudación, pago, gestión y utilización de tasas en el ámbito del registro de operaciones garantizadas
El 28 de septiembre de 2023, el Ministro de Hacienda emitió la Circular n.º 61/2023/TT-BTC, que regula las tasas de cobro, el cobro, el pago, la gestión y el uso de las tasas en el ámbito del registro de operaciones garantizadas. Esta Circular entró en vigor el 15 de noviembre de 2023.
En consecuencia, el Departamento Provincial de Impuestos emitió el Documento n.° 1921/CTCBA-TTHT, de fecha 6 de octubre de 2023, sobre la implementación de la Circular. Para que las organizaciones y personas de la zona puedan comprenderla e implementarla con prontitud, el Departamento Provincial de Impuestos presenta algunos de los principales contenidos de la Circular, a continuación:
Circular que estipula las tasas de cobro, recaudación, pago, gestión y uso de tasas en el campo del registro de transacciones garantizadas (registro de medidas garantizadas) para bienes muebles (excepto valores registrados centralmente en la Corporación de Depósito y Compensación de Valores de Vietnam, aeronaves), barcos, cultivos anuales según lo prescrito en la Ley de Cultivo, obras temporales según lo prescrito en la Ley de Construcción, incluyendo: Tasa por registro de transacciones garantizadas, tasa por proporcionar información sobre transacciones garantizadas, tasa por otorgar códigos para usar la base de datos sobre transacciones garantizadas.
La presente Circular se aplica a los pagadores de tasas, organizaciones de recaudación de tasas y otras organizaciones e individuos relacionados con la recaudación, pago, gestión y utilización de tasas en el ámbito del registro de transacciones garantizadas especificado en la Cláusula 1 de este Artículo.
La Circular no se aplica a las personas y hogares que registren medidas de garantía de préstamos en instituciones de crédito según lo prescrito en la Cláusula 4, Artículo 1 del Decreto No. 116/2018/ND-CP de fecha 7 de septiembre de 2018 del Gobierno por el que se modifica y complementa una serie de artículos del Decreto No. 55/2015/ND-CP de fecha 9 de junio de 2015 del Gobierno sobre políticas crediticias para el desarrollo agrícola y rural cuyos expedientes de registro cumplan con las disposiciones de la Cláusula 3, Artículo 9 del Decreto No. 99/2022/ND-CP de fecha 30 de noviembre de 2022 del Gobierno sobre el registro de medidas de garantía.
Los contribuyentes en el campo del registro de transacciones garantizadas son las agencias, organizaciones e individuos cuando se les proporcionan servicios y se les cobran las tarifas prescritas en la Cláusula 1, Artículo 1 de esta Circular por las agencias estatales competentes especificadas en el Artículo 3 de esta Circular.
El nivel de tarifas en el campo del registro de transacciones garantizadas se implementa de acuerdo con las disposiciones de la tabla de niveles de tarifas emitida junto con esta Circular.
Los contribuyentes deberán abonar las tasas al presentar los documentos de registro y las tasas a la organización de recaudación de tasas en la forma prescrita en la Circular Nº 74/2022/TT-BTC del 22 de diciembre de 2022 del Ministro de Finanzas, que estipula la forma, el plazo para la recaudación, el pago y la declaración de tasas y cargos bajo la autoridad del Ministerio de Finanzas.
En caso de que al pagador de la tasa se le haya otorgado una cuenta de registro en línea para uso regular y presente la solicitud de registro en la forma prescrita en la Cláusula 1, Artículo 13 del Decreto No. 99/2022/ND-CP, podrá optar por pagar la tasa mensualmente o cada vez que presente la solicitud; en caso de pago mensual, a más tardar el 4 de cada mes, el pagador de la tasa debe pagar el importe total de las tasas incurridas en el mes anterior a la organización de recaudación de tasas.
La Circular entra en vigor a partir del 15 de noviembre de 2023 y reemplaza la Circular No. 202/2016/TT-BTC del Ministro de Finanzas del 9 de noviembre de 2016 que estipula las tasas de cobro, recaudación, pago, gestión y uso de tasas en el campo del registro de transacciones garantizadas y la Circular No. 113/2017/TT-BTC del Ministro de Finanzas del 20 de octubre de 2017 que modifica y complementa una serie de artículos de la Circular No. 202/2016/TT-BTC del Ministro de Finanzas del 9 de noviembre de 2016 que estipula las tasas de cobro, recaudación, pago, gestión y uso de tasas en el campo del registro de transacciones garantizadas.
Kansas City
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